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Multas a beneficio municipal: desvío de fondos

Ximena Castillo Faura Abogada, experta en derecho del Consumidor

Por: Ximena Castillo Faura | Publicado: Jueves 29 de febrero de 2024 a las 04:00 hrs.
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Ximena Castillo Faura

En el ámbito de los juicios relacionados con la Ley del Consumidor, la legislación es clara: las multas impuestas deben beneficiar al Fisco, siendo su recaudación una responsabilidad de la Tesorería General de la República. Sin embargo, una práctica preocupante ha comenzado a tomar forma en diversos Juzgados de Policía Local, donde se exige que estas multas se paguen a beneficio municipal y a través de las Tesorerías Comunales.

Es una clara desviación de fondos que no sólo irrespeta la Ley; también podría ser un incentivo perverso para los municipios, afecta el bienestar general, y perjudica a las empresas y sus representantes legales. Esos recursos pertenecen al Fisco, que debe usarlos en una correcta distribución a nivel nacional. Es como si se desviara un río para regar a un terreno particular, dejando al resto de la comunidad sin agua.

“Existe una clara desviación de fondos que no sólo irrespeta la ley, sino que también podría ser un incentivo perverso para los municipios”.

Una de las consecuencias más alarmantes de esta práctica es la modificación arbitraria de los plazos, pues se reducen de 60 días a apenas cinco para el pago de multas, lo que pone a las empresas en una posición injusta y a veces, imposibilitadas de cumplir, por las naturales demoras que implica la estructura empresarial.

Este acortamiento del plazo, además de perjudicial, pone en riesgo la libertad de movimiento de los representantes legales, quienes se ven amenazados con arrestos y reclusiones nocturnas ilegales si no se cumple con este exiguo margen.

Además, esta situación abre la puerta a injusticias flagrantes como la doble imposición de multas. Hay Tribunales que, a pesar de haberse pagado la multa a través de la Tesorería General de la República —como ordena la ley—, la dan por no pagada e igual ordenan el arresto de gerentes o representantes legales, vulnerando derechos fundamentales. Las empresas se ven forzadas a pagar nuevamente, esta vez a la municipalidad, para evitar sanciones más severas, enfrentando un claro caso de doble penalización.

Las formas de pago que imponen las municipalidades, además, llevan asociados costos y riesgos adicionales, desde el manejo de efectivo hasta transacciones electrónicas, comparativamente con el proceso electrónico, seguro y sin costos adicionales que ofrece la Tesorería General de la República.

Este panorama perjudica la estabilidad y operatividad de las empresas afectadas, y también socava la confianza en las instituciones judiciales y fiscales. La ley establece procedimientos claros por razones de equidad, transparencia y justicia. Ignorar estos principios en favor de beneficios municipales inmediatos no solo es ilegal, sino que profundiza la brecha entre la administración pública y el sector empresarial, afectando negativamente el entorno de negocios del país.

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